Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la aprehensión en Flagrancia del ciudadano: JOSÉ ALEXANDER CAMACHO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.906.549, soltero, de 29 años de edad, nacido en Barinas Estado Barinas, fecha 21/09/1983, hijo de Sara Camacho (V) y de Víctor Paredes (V), de ocupación u oficio albañil, residenciado en el Barrio San Rafael, calle principal, casa Nº (no lo sabe), Barinitas Estado Barinas, teléfono: 0414-5722105 (de su mama), visto que esta Juzgadora estima que el referido ciudadano fue aprehendido bajo las circunstancias establecidas en el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres .....