Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Unipersonal No. 1 Con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con los artículos 344 y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir en los siguientes términos: DECRETA: PRIMERO: Se Condena al acusado: EDUARDO ANTONIO VARGAS GALLARDO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V.-24.322.987, de 22 años de edad, Natural de Barinas, nacido en fecha 05-10-93, ocupación u oficio Estudiante, hijo de Omaira Gallardo (V) y de Pedro Vargas (V), residenciado en Urbanización Andrés Bello callejón plaza, casa No. 52-89, teléfono 0273-5322500, por el delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la.....