Oída la exposición de las partes este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, decreta: PRIMERO: Admite la Acusación fiscal, así como los medios probatorios ofrecidos y ratificados en éste acto en contra del acusado: JONATHAN ESMITH PERNIA RANGEL, Titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 18.138.306, venezolano, estado civil soltero, de edad 30 años, residenciado en el Barrio Simon Bolívar, calle 17 entre 14 y 15, frente a un Hotel denominado los Naranjos, Numero de Casa No tiene, teléfono 0426-3767255 (Madre Gladys Rangel), Socopo Estado Barinas, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia de la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de VIVIANA ERAZO. SEGUNDO: Por cuanto el presente proceso fue tramitado por el procedimiento abre.....