En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal, DECRETA: PRIMERO: Se declara culpable al ciudadano: MANUEL SALVADOR HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.619.591, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, cometido en perjuicio de G.D.L.A, en virtud de la aplicación del procedimiento especial por admisión de los hechos establecido en el articulo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión del artículo 67 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, más las accesorias de Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 69 numeral 2 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: En consecuencia se condena al ciudadano: MANUEL SALVADOR HERRERA, ya identificado, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÒN, por el.....