Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio No. 01 del Circuito Judicial Penal con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: Ha lugar el Recurso de Revocación interpuesto por la representación del Ministerio Público. Segundo: Se Acuerda incorporar como prueba Complementaria a la presente causa penal tanto la testimonial de la experto como documental de Informe de Evaluación Psicológica realizada por la Lic. María Teresa Castillo Arismendi a la victima M. J. V, (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el asegundo parágrafo del artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes). Líbrese lo conducente. Librar boleta de notificación. Así se decide.
Dada sellada y firmada en la sede del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio No. 01 d.....