DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MARIANNY LILIBETH CAMACHO QUEVEDO, MARIA YAKELIN CAMACHO QUEVEDO y JEMES JOSEFINA CAMACHO QUEVEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-19.024.495; V-15.329.599; V-16.636.575, la cualidad de ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante: RUFINA DEL CARMEN QUEVEDO COLMENARES, vocación hereditaria que le viene dada conforme al Artículo anteriormente mencionado, quedando a salvo los derechos de terceros