Por los motivos y razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Revisión de Obligación de manutención incoada por la ciudadana: CANDIDA ROSA RIVERO, ya identificado; en su carácter de madre de los adolescentes (se omiten las identidades de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), presentó demanda de Revisión de Fijación de la Obligación de manutención en contra del ciudadano: HENRY PAUSIDE GALEANO, quien en beneficio de los adolescentes. (se omiten las identidades de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), en consecuencia se FIJA LA OBLIGACION DE MANUTENCION en cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00), mensuales, por cada uno para un total de VEINTE MIL BOLIVARES (20.000,00) por concept.....