PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Fijación de Obligación de manutención incoada por la ciudadana: JUDITH YOLIMAR ORTEGA JIMENEZ, ya identificada; en su carácter de madre de los niños (se omiten las identidades de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), en contra el ciudadano: WUILLIAN OMAR FERNANDEZ JIMENEZ, en beneficio de sus hijos, en consecuencia se FIJA LA OBLIGACION DE MANUTENCION en la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 60.000,00) mensuales, por concepto de Obligación de Manutención,
SEGUNDO: SE FIJAN UNA BONIFICACIONES ESPECIAL PARA EL MES DE AGOSTO en la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00) para cada hijo por concepto de uniformes y útiles escolares.
TERCERO: SE FIJAN UNA BONIFICACIONES ESPECIALES en el mes de Diciembre en la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) para cada hijo para cubrir gastos de compras decembrinas.
CUARTO: Se establece que los gastos por concepto de medicinas y atención médica correspon.....