En merito de los razonamiento antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia y a los fines de no dilatar el proceso por reposiciones y formalidades inútiles, me aboco en este mismo acto al conocimiento de la causa en el estado en que se encuentra, de conformidad con lo establecido en el articulo 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara la Perención de la Instancia en la presente causa
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil
TERCERO: Notifíquese a las partes de esta decisión mediante Boleta de Notificación, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 233 parte final del Código de Procedim.....