DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del acta de nacimiento correspondiente a la ciudadana: PETRA MARIA BARRIOS MORENO, signada con el número trescientos veintisiete (327) de fecha cinco (05) de agosto de mil novecientos sesenta y tres (1963), asentada en el Libros Original y Duplicado del Registro Civil de Nacimiento, llevados por la Prefectura de Distrito Pedraza del Estado Barinas, que actualmente se encuentra en el Registro Civil del Municipio Pedraza del Estado Barinas y en el Registro Principal del Estado Barinas, respectivamente. Así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la rec.....