DISPOSITIVA.
En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, incoada por el ciudadano: PROSPERO BURGOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.271.614, contra el ciudadano: MOHAMMAD JAZZAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-29.747.692, por haber operado la confesión ficta del demandado. Así se decide.
SEGUNDO: Se ordena al demandado la entrega material en forma real y efectiva, libre de bienes y personas del bien inmueble, consistente en un local comercial, ubicado en la avenida 5 esquina de la calle 7, planta baja, local 3, diagonal a la Plaza Bolívar de Ciudad Bolivia, Mu.....