De conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional, por los fundamentos de hecho, de derecho y jurisprudenciales antes expuestos, este Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decide:
PRIMERO: Se DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa, de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoada por el Abogado ANTONIO JOSE LINERO MACIAS, I.P.S.A. Nº 49.411, apoderado judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL LISANDRO MACHADO REFRIGERACION (LIMRE) C.A, ya identificados, según lo dispuesto en los artículos 267, 269 y 271 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente.
TERCERO: Se ordena notificar a la parte demandante.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, Firmada.....