En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos Emilia Nolberta Pérez Colmenarez y Wuilfrido García Santiago, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.389.955 y 9.984.586, con domicilio en Barinas, Estado Barinas, debidamente representados por la abogada en ejercicio Rosa Angélica Dávila Superlano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.189.714, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 139.946, de este domicilio
SEGUNDO: Se de.....