En merito de las fundamentaciones tanto de hecho como de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ordena Revocar y dejar sin efecto la publicación del Cartel de Emplazamiento ordenada mediante auto de fecha 30/07/2015, bajo las motivaciones explanadas anteriormente, solamente en lo que respecta al cartel.
SEGUNDO: Notifíquese a las partes de la presente decisión, haciéndosele saber que una vez verificadas las notificaciones ordenadas, el Tribunal dentro de los cinco días de despacho siguientes, fijará la oportunidad para la audiencia de juicio, a la cual deberán concurrir las partes, dicha audiencia será celebrada dentro de los veinte días de despacho siguientes, conforme a lo estipulado en el artí.....