En consecuencia, por las razones antes expuesta precedentemente, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 y 824, del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus, ANGEL DOMINGO CABELLO BLANCO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 588.561; quien falleció el día 20/03/2014, en esta ciudad de Barinas, según se evidencia de Acta de Defunción N° 77, de fecha 21/03/2014, emitida por la Prefectura de la Parroquia El Carmen del Municipio Barinas del estado Barinas, A LOS CIUDADANOS: NELVYS JOSEFINA, BETSY DEL VALLE, CARMEN CECILIA, ANGEL DOMINGO y DAVID EDUARDO CABELLO VALDERRAMA, venezolanos, .....