En virtud de las razones fácticas y de Derecho expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, incoada por los ciudadanos: RAUL EDUARDO RODRÍGUEZ GRANADOS Y SANDRA TIBISAY PIÑA MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.968.252 y V- 6.498.361, en su orden, asistidos por la Abogada en ejercicio, MARLYN CAROLINA CASTILLO MADRID, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 108.832; En consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron por ante el Registro Civil Municipal del Estado Barinas, en fecha 14/04/2007, tal como se evidencia del acta de matrimonio Nº 28. Queda disuelta de esta manera la comunidad conyuga.....