En mérito de las motivaciones antes expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la Solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento emitida por el Registro Civil del Municipio Barinas, Estado Barinas, correspondiente al año 1972, Tomo 1, Acta N° 371, Folio Nº vto. 190, del año mil novecientos setenta y dos (1972).-
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento en cuestión, en lo que respecta a cambiar el apellido del padre de la solicitante en donde se lee textualmente "...por el ciudadano "Juan Bautista Zulbaran" siendo lo correcto "...por el ciudadano "JUAN BAUTISTA ZURBARAN"; igualmente se ordena a incluir el.....