Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, peticionada por la ciudadana: María Zulay Guerra Sánchez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.380.235; debidamente asistida por sus Apoderados Judiciales abogados: CARMEN MAYELA GUEVARA RAMIREZ y YENNI ELENA REVEROL ZAMBRANO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 146.616 y 72.368.
Se ordena la devolución de los originales insertos en dicha solicitud, previa certificación por Secretaría de los mismos.
Déjese copia certificada en los archivos respectivos, de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.