En mérito de las motivaciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara la perención de la instancia en la presente causa, y por ende, se extingue el procedimiento.
SEGUNDO: Notifíquese de la presente decisión a la parte actora y/o a su apoderado judicial, a fin de que interponga los recursos legales correspondientes o en su defecto retire el cheque consignado objeto de la solicitud de cobro de bolívares vía intimatoria, signado con el Nº 19350578, cheque de la cuenta de EVELIN MARIA GONZALEZ ALVAREZ, Nº 01340864518641004785, de fecha 06 de Diciembre de 2012, a nombre de VICTOR AGUILAR, del BANCO BANESCO, por la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVAR.....