En virtud de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SEGUNDO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, formulado por la abogada en ejercicio IRMA MARINA QUERALES, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 57.177, apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil CENTRO COMERCIAL BARINAS C.A. Téngase esta decisión como sentencia definitivamente firme y con plena autoridad de cosa Juzgada.
Igualmente, se da por terminado el presente procedimiento y consecuencialmente se ordena el cierre y la remisión del expediente para la guarda y custodia al Archivo Judicial Regional - Inactivo de esta Circunscripción Judicial. Asimismo se ordena devolver los documentos originales a la parte demandante.-