Así las cosas, seria inútil tomar en examen lo solicitado por la ciudadana Karina Yaneth Flores Herrera, supra identificada ya que no tiene interés para accionar en el presente asunto, por cuanto no es la cónyuge que se encuentra separada del domicilio conyugal razón suficiente para esta juzgadora declarar improcedente la solicitud peticionada .ASI SE DECIDE.