lugar; Y Así se Decide.
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada primeramente por el ciudadano Alexis Gustavo Rivero Soto, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.793.297.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos Alexis Gustavo Rivero Soto y Génesis Rebeca González Flores, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.793.297 y 21.167.640 respectivamente, en fecha (24) de noviembre de dos mil doce (2012) por ante el Registro Civil del Municipio .....