En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por la ciudadana Alida del Carmen Araujo Altuve, supra identificada, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los cónyuges ciudadanos Alida Del Carmen Araujo Altuve y Luis Bolívar Jiménez Lima, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. 11.710.364 y 7.941.114 en su orden en fecha 18 de abril del año 1991, por ante el Registro Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Barinas del Estad.....