En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por el ciudadano Ramón Doney Alzate Forero, supra identificado, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por los cónyuges ciudadanos Ramón Doney Alzate Forero y Leticia Rodríguez Pulido, venezolano el primero y colombiana la segunda, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.672.394 y E-1.121.817.933, respectivamente, en fecha 14 de septiembre de 2.007, por ante la Junta Parroquial El Carmen d.....