En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos CARMEN LISBETH PEÑALOZA DIAZ y CESAR JOSE AURE PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 18.641.460 y V-16.127.291, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por los ciudadanos CARMEN LISBETH PEÑALOZA DIAZ y CESAR JOSE AURE PEREZ, antes identificados, contraído en fecha 16 de Agosto del 2.013, por ante el Registro Civil Municipio Autónomo Antonio José de Sucre del estado Barinas.
TERCERO: No se ordena .....