En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta Sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos GREGORY ALEXANDER COLINA RAMÍREZ Y KRISWEF ONELL VARGAS OCARIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.168.288 y V-20.599.557, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraídos por los ciudadanos GREGORY ALEXANDER COLINA RAMÍREZ Y KRISWEF ONELL VARGAS OCARIZ, ut supra, contraído el matrimonio civil en fecha 28 de diciembre de 2.016, por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Barinas, tal.....