Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, toda vez que la norma adjetiva determina el denominado forum domicilio, que instituye las pautas de la competencia territorial en materia de procedimiento de divorcio. Declinando su competencia para conocer de la presente solicitud al Tribunal Distribuidor del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, con el entendido que la presente decisión quedará firme si no se solicita por la parte la regulación de la competencia dentro del plazo de cinco (5) días de despacho siguientes a este .....