En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos ITALO DE JESUS ALVARADO y HOSIRIS MERLY RODRIQUEZ FANDIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-9.383.447 y V-13.280.929, respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por ellos, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Luz del Municipio Obispos, del estado Barinas, en fecha veintidós (22) de Octubre del 1.988, tal como se acredita en acta bajo el Nº 7.