En merito de las motivaciones antes expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
PRIMERO.- Declara su INCOMPETENCIA en razón de la materia, para conocer del presente asunto y señala que el órgano jurisdiccional competente para conocer la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana AIDA JOSEFA BRICEÑO ROJAS, titular de la cedula de identidad Nº V-4.260.281, asistida por el abogado JANNER BASTIDAS BERRIOS, titular de la cedulas de identidad Nro V-8.147.310, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.48.083, es el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, que por distribución le corresponda.
SEGUNDO.-En virtud del pronunciamiento anterior se DECLINA LA COMPETENCIA, en el Juzgado de Pr.....