En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, presentada por el ciudadano DENNY GUILLERMO COLINA CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.262.843, domiciliado en el sector el Limoncito, callejón intermedio entre calle 27 y 28, detrás de la intercomunal, parroquia Barinitas, municipio Bolívar del estado Barinas, debidamente asistido en este acto por la abogada en libre ejercicio MARÍA BELINDA VERGARA TORO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 165.596, correo electrónico: mbvergara74@gmail.com, teléfono 0412-2948604. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se declara Disuelto el Vínculo Matrimonial, contraído por los ciuda.....