En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos: NORKIS YERIFET VARGAS BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.001.176 y JESÚS ENRRIQUE RIVAS ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.559.763, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio ÓSCAR EDUARDO ALIZO GUERRERO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 229.006. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se declara Disuelto el Vínculo Matrimonial contraído por los ciudadanos: NORKIS YERIFET VARGAS BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.001.176 y JESÚS ENRRIQUE RIVAS ORTIZ, venezolano, m.....