En mérito de las consideraciones anteriormente explanadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la Conversión de SEPARACIÓN DE CUERPOS en DIVORCIO, formulada por los ciudadanos: CANDIDA ROSARIO VILLAMIZAR VERA y JUAN CARLO VILLAFAÑE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.121.328 y V-14.866.282, respectivamente, domiciliados en esta población de Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: LAURA MILDRED PALACIO ARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 167.642, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, y en consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, por ante la .....