Se ordena librar oficio al Registro Civil y Registro Principal respectivo, con anexo de la presente sentencia, a los fines de asentar la correspondiente nota al margen. Así se decide. Publíquese, regístrese y déjese copias, expídanse copias certificadas a la parte. Dada, firmada, sellada y refrendada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Estado Barinas. Barinas, 21 de Julio del 2017. Años 207º de la independencia y 158º de la federación. Quien Suscribe el secretario De Audiencia Del Tribunal Cuarto De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación Y Ejecución De Esta Circunscripción Judicial Del Estado Barinas, certifico que el anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes en el EP41-J-2017-000426, todo de