En Consecuencia, este Tribunal Quinto de primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA PARA EL REGISTRO DEL DOCUMENTO DE LIBERACION DE HIPOTECA Y TRASPASO DE DERECHOS A LOS PRENOMBRADOS BENEFICIARIOS DEL INMUEBLE DESCRITO.