Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA: La Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de conformidad con los artículos 471, 482 y 483 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por disposición del único aparte del artículo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al penado JOSE FILMO CONTRERAS PEÑA, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.839.309, hijo de Maura Peña (V) y de Laureano Contreras (V), natural de Barinas Estado Barinas, fecha de nacimiento 14 de mayo de 1974, de 42 años de edad, de ocupación u oficio comerciante formal, residenciado en el Sector Caroni Alto, Granja el Varón mas abajo del Sector de Punta Gorda, del Municipio Bari.....