Procede la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por cuanto la pena impuesta no excede de Cinco (05) Años, de conformidad con lo establecido en el Segundo aparte del Artículo 482 del C.O.P.P.Se fija audiencia especial de imposición del auto de actualización de cómputo de pena para el día JUEVES 07/09/2017 A LAS 10:00AM. Notifíquese a las partes. Líbrese boleta de traslado. Remítase copia de esta Decisión a la Directora del Internado Judicial del Estado Barinas, al Director del C.N.E. y a la División de Antecedentes Penales copia de la Sentencia Definitivamente Firme. Dada, firmada y sellada en la Sede del Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Barinas, a los veinticuatro (24) días del mes de Agosto del año 2017.