Del material probatorio antes analizado y valorado, se desprende como quedó establecido en el texto de este fallo, que el contrato es verbal a tiempo indeterminado, en el cual no prosperó la nulidad peticionada por el demandado debido a la ilicitud en los términos propuestos, y que al tratarse de un contrato a tiempo indeterminado en el que no tiene certeza del momento de su culminación dadas las características propias de este tipo de contrato verbales, mal puede invocar el demandante que el contrato suscrito se encuentra vencido en el tiempo; Y ASI SE DECIDE.
En virtud de las consideraciones formuladas en el texto de la presente decisión, habida cuenta la verificación en el presente caso, de la legitimidad de las consignaciones arrendaticias que declaran el estado de solvencia del aquí demandado, con el acervo probatorio que precede debidamente valorada, por haberse declaradas legitimas las consignaciones arrendaticias efectuadas, es por lo que la demanda intentada debe ser declar.....