Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN con autoridad de cosa juzgada al DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto en fecha: 24 de noviembre de 2.015, por la abogada en ejercicio Yenny Elena Reverol Zambrano, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.368, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra el auto dictado en fecha: 13 de noviembre de 2015, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas.
Por cuanto el presente pronunciamiento fue dictado dentro del lapso legal, no se ordena la notificación de las partes por encontrarse a derecho.
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