VI
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Segundo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el abogado en ejercicio, Ali Macario Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el nº 177.034; actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Manuel Augusto Marques Pires, contra el auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Transito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 03 de julio de 2017, a tenor de lo preceptuado en el numeral 5º del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: En virtud de la naturaleza de.....