PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto mediante diligencia de fecha 21 de diciembre de 2016, por el ciudadano Silvio Pérez Vidal, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.604.400, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 2.644, en su condición de parte demandante en el presente asunto, contra la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 13 de diciembre de 2016, mediante la cual negó el decreto de la medida de prohibición de enajenar y gravar; la cual SE REVOCA por la motivación expuesta en el presente fallo.
SEGUNDO: Se DECRETA medida de prohibición de enajenar y gravar sobre una extensión de terreno constante de cincuenta mil doscientos diecisiete metros cuadrados con treinta y cinco centímetros cuadrados (50.217,35 mts.²), perteneciente.....