Por las razones de hecho y de derecho ut supra descritas, esta Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer, de la Región Los Llanos, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA Ley DECRETA: PRIMERO: Sin lugar la Recusación interpuesta por el ciudadano Lucas David Mendoza Osechas, asistido por losabogados Jameiro José Aranguren y Gustavo Enrique Camejo Briceño, en la causa N° EJ02-X-2020-000001, en contra de la Jueza de Primera Instancia en Funciones de Control Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Abogada Lismary del Carmen Alvarado Moreno. SEGUNDO: Como corolario de la decisión que antecede, la Jueza abogada Lismary del Carmen Alvarado Moreno, debe seguir conociendo de la causa Nº EP01-M-2019-000001.
Regístrese, diarícese, notifíquese a las partes y remítase la presente causa al Tribunal de origen.
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