DISPOSITIVA
Con fundamento en los motivos antes expresados, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia interpuesta por el abogado Heriberto Avendaño Quintero, actuando en su propio nombre.
SEGUNDO: Que la competencia por la materia corresponde al Juzgado Primero del Municipio Barinas de esta misma Circunscripción Judicial.
TERCERO: En consecuencia, se ordena remitir el expediente al Juzgado Primero de Municipio Barinas de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines de que ante ese órgano continúe su curso el procedimiento de estimación e intimación de honorarios profesionales, incoado por el ciudadano Heriberto Avendaño Quintero contra los ciudadanos José Miguel Vergara Moreno y Adelina Torres.
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