Se ADMITE la reforma de la Acción de Amparo Constitucional incoada por los abogados: Juan Pedro Manrique López y Arturo Camejo López, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los Números 31.249 y 25.544 respectivamente, titulares de las cedulas de identidad personal números V- 9.269.639 y 4.263.816 en su orden y ambos de este domicilio, actuando en su condición de apoderados judiciales de la ciudadana: MILAGROS BASTARDO DE CASTELLANO