Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto.
Se decreta la REPOSICIÓN de la causa al estado en que, una vez que se reciba el expediente en el tribunal de la causa, al día siguiente, se proceda a dictar auto, ordenando expresamente la apertura de la articulación probatoria prevista en el articulo 607 del Código de Procedimiento Civil.
Se anulan las actuaciones posteriores a la contestación de la demanda de Estimación e Intimación.