Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por la apoderada judicial de la parte demandante, contra el auto de fecha 02 de febrero de 2010, dictado por el Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas (actualmente, Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas), en la demanda de reincorporación de miembros interpuesta por los ciudadanos Francisco Escalona Rangel, Gregorio Antonio Vergara, José Gregorio Pérez Lozada y Francisco Ramón Leal, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.501.157, 4.256.960, 10.561.193 y 4.932.754, en su orden, contra la Asociación Cooperativa de Transporte de Pasajeros Barinas-Elo.....