Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por el abogado José Eladio Quintero Marquina, titular de la cédula de identidad Nº 2.457.398, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 7.318, actuando en su propio nombre y representación, contra la Unidad de Auditoría Interna de la Gobernación del Estado Barinas. Se ordena el archivo del presente expediente.