Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada María Natali Aguilar Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 112.698, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil "Autollanos Barinas, C.A.", contra la decisión contenida en el auto de fecha 16 de marzo de 2012, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. En consecuencia se CONFIRMA el auto apelado.
SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE la oposición formulada por la parte demandada a la admisión de las pruebas documentales promovidas por la parte actora, en el capítulo III del escrito de pruebas, por no ser las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes.
TERC.....