Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por la ciudadana SARA ALTUVE PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.995.512, por intermedio de su apoderado judicial Abogado ASDRUBAL MATUTE CASADIEGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.616, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MÉRIDA.