este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara REVOCADA la decisión consultada, dictada por el Juzgado Tercero en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano GABRIEL PARDO, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.539.413, debidamente asistido por el Abogado ARTURO CONTRERAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 20.592, contra la Abogada MARIA DE GONZALEZ, en su condición de Prefecto de la Parroquia Jacinto Plaza, Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida.