este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por la ciudadana LEILA MARÍA RUEDA CASTAÑEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.132.614, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA.
SEGUNDO: Se declara la nulidad de los actos de remoción y retiro, mediante los cuales fue removida y retirada la querellante del cargo de Escribiente de Registro II en la Dirección de Política de la Gobernación del Estado Táchira.
TERCERO: Se le ordena a la Gobernación del Estado Táchira reincorporar a la querellante en el cargo de escribiente de Registro II en la cual venía desempeñando o a otro cargo de igual o similar jerarquía y remuneración. Asimismo se ordena cancelar los salarios y demás remuneraciones laborales .....